lunes, 22 de diciembre de 2008

Pequeñas empresas accederán a los aportes de la jubilación

La Paz/OPINIÓN
La nueva Ley de Pensiones, proyecto aprobado por la Cámara de Diputados, este domingo, autoriza que pequeñas empresas tengan acceso a los aportes de los trabajadores para usar el dinero como capital de trabajo. También abre beneficios extraordinarios a las mujeres, en base a la equidad de género y para los trabajadores mineros en general.

También mantiene el aporte laboral, patronal y estatal. Se incluye a los independientes, como choferes, gremiales, campesinos, etc., para que puedan aportar voluntariamente un mínimo de 80 bolivianos para acogerse a la jubilación en corto plazo.

Las más destacadas características del documento, aprobado por la mayoría oficialista en la Cámara de Diputados, son las siguientes:

- La pensión solidaria, es un documento orientado a favorecer a personas de bajos recursos, bajos ingresos y reducir la cantidad de aportes, sustentado en una política de redistribución de ingresos.

- En su sostenibilidad cuenta con fuentes de financiamiento vinculadas a la actividad económica de largo plazo y políticas de redistribución de ingresos.

- Se mantiene el aporte tripartito de pensión solidaria, aporte laboral, estatal y patronal.

- Mejora las condiciones de acceso para el sector minero.

- Tiene disposiciones que asignan tablas diferenciadas a trabajadores del sector minero para mejorar las cuantías de prestaciones de vejez, calculadas y financiadas con el ahorro de los trabajadores.

- Se establece un aporte patronal a cargo de los empleadores del sector minero en una cuantía del 2 por ciento.

- Se reduce la edad en el acceso a las pensiones de vejez para el sector minero reduciendo un año en el acceso a pensiones de vejez por cada dos años de trabajo en condiciones insalubres hasta un máximo de cinco años. Es decir, que para el sector minero, considerado el más vulnerable se establece un acceso a la jubilación a los 55 años.

- Equidad de Género. Se establece una contribución a favor del cónyuge, hombre o mujer, cuando éste no se encuentre bajo relación de dependencia laboral. Es decir, que la pareja que está trabajando aporta también por la esposa.

- Reconoce los períodos de gestación de las mujeres con la flexibilización de requisitos para su acceso a la pensión solidaria o un incremento en su cuantía.

- Si una mujer comprueba tres hijos nacidos vivos, como máximo se le va a incrementar tres años en su cálculo de pensión.

- Para el cálculo de prestaciones en el sistema mixto de pensiones se aplicará una tabla de mortalidad única para hombres y mujeres, de acuerdo a reglamento.

- Se flexibilizan los requisitos para acceder a la jubilación. Antes de los 60 años se requiere financiar el 60 por ciento de referente salarial. A partir de los 60 años, aún sin cumplir ese requisito.

- Hay incremento fuerte de la cobertura. Se establece el acceso de trabajadores independientes, choferes, gremiales, artesanos, campesinos, etc. Una posibilidad de pensión vitalicia.

- Se establecen retiros temporales, parciales o totales de los aportes voluntarios y de los adicionales.

- Hay muchas mejoras en el acceso a pensiones, se amplía la cobertura para casos de enfermedad, riesgo profesional y riesgo laboral para independientes. Se implementa invalidez parcial para riesgo común.

- Se implementan suplementos por invalidez.

- Hay apoyo a la pequeña y mediana empresa, ya que hasta el 5 por ciento de los recursos de cada fondo de ahorro provisional pueden ser invertidos en valores o instrumentos financieros emitidos por pequeñas y medianas empresas sin calificación de riesgo.

- El tema de mayor discusión: Bolivia ingresa con este proyecto en una administración mixta de pensión con el establecimiento de gestoras de la seguridad social de largo plazo, tanto públicas como privadas que permite una mejor administración del sistema previsional boliviano, y, además, permite al ciudadano escoger en qué sistema va a confiar sus ahorros y la administración de los mismos.

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